PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS EN CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS PARA EL CURSO ESCOLAR 2014/2015

A continuación se recogen las normas de cumplimentación de la solicitud de admisión, así como las orientaciones y respuestas a las preguntas más frecuentes sobre el tema. Además, todas las familias tendrán a su disposición el teléfono de información 012, en el que podrán obtener información acerca de las vacantes existentes en cada centro y la asignación de plaza escolar a cada solicitante.
La presente hoja informativa tiene carácter divulgativo y su contenido debe ser contrastado con la información oficial sobre el proceso de admisión, que está disponible en www.madrid.org/educacion/admision y en los centros sostenidos con fondos públicos.

A) INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD DE ADMISIÓN

 La solicitud de admisión debe ser firmada por ambos padres o representantes legales del alumno, salvo si se acredita la imposibilidad de hacerlo.
 El impreso de solicitud consta de una hoja informativa y tres ejemplares en papel autocopiativo. Quedará inutilizado si se mantiene doblado mientras se rellena o si se efectúa alguna anotación en papeles colocados sobre el mismo.
 Sólo se presentará una solicitud. La presentación de más de una solicitud dará lugar a la anulación de todas ellas.
 Rellene los datos con bolígrafo, utilice letra mayúscula y de forma clara. Ponga una X en las casillas destinadas a este fin.
 Indique el nivel educativo y el curso para el que solicita plaza escolar, marcando con una X ambos datos. En el caso de Bachillerato, indique modalidades según orden de prioridad.

Ejemplos:

o Quiere solicitar plaza escolar para Educación Infantil, nivel 5 años. Marcará:
EDUCACIÓN INFANTIL: 3 años 4 años 5 años

o En el caso de alumnos procedentes de colegios públicos no bilingües de la Comunidad de Madrid o de cualquier otra
procedencia, que soliciten plaza en IES bilingües en lengua inglesa y que deseen cursar estudios en la Sección Bilingüe,
necesitan acreditar un nivel de inglés en las cuatro destrezas equivalente al nivel B1 para cursar 1º y 2º ESO, y al nivel B2 para cursar 3º y 4º de ESO.

o Quiere solicitar plaza escolar para 1° Bachillerato, turno mañana, primera opción Ciencias y Tecnología, segunda opción Humanidades y Ciencias Sociales.
BACHILLERATO: 1.° 2.° TURNO: Diurno: Vespertino:
Humanidades y CC. Sociales: Ciencias y Tecnología:

B) RESPUESTA A LAS PREGUNTAS MÁS FRECUENTES

1. ¿QUÉ ES EL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS EN CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS?
Es el procedimiento legalmente establecido para facilitar la escolarización de los alumnos que se incorporan al sistema educativo
o cambia de centro. Tiene carácter anual y puede diferenciarse entre:
o Período ordinario de admisión: se realiza previamente al inicio del curso escolar.
o Período extraordinario de admisión: se realiza una vez finalizado el período ordinario, habitualmente una vez iniciado el curso escolar. Destinado a quienes cambian de domicilio, centro o se incorporan al sistema educativo durante el curso.

2. ¿QUIÉNES TIENEN QUE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS PARA EL CURSO 2014/2015?
 Los que deseen acceder por primera vez a centros de Educación Infantil (3-6 años) o a Educación Primaria sostenidos con fondos públicos en el curso 2014/2015.
 Los que deseen acceder a centros sostenidos con fondos públicos que impartan Educación Secundaria Obligatoria, y a cualquiera de las modalidades de Bachillerato.
 Los que no obtengan certificación de reserva de plaza en los centros de Educación Primaria o de Educación Secundaria a los que estén adscritos.
 Los que deseen solicitar un centro de Educación Primaria o de Educación Secundaria diferente a aquel en el que hubieran obtenido reserva de plaza por adscripción. Dichos alumnos adjuntarán a la solicitud el certificado original de reserva de plaza.
 Los que deseen cambiar de centro.

3. ¿QUIÉNES NO TIENEN QUE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS PARA EL CURSO 2014/2015?
 Los que cambien de etapa educativa dentro de un mismo centro o recinto escolar, estando sostenidas ambas etapas por fondos públicos en el curso 2014/2015.
 Los alumnos de las Casas de Niños, Escuelas de Educación Infantil, centros sostenidos con fondos públicos en los dos ciclos de Educación Infantil y de los centros de Educación Primaria a los que se les certificó haber obtenido reserva de plaza en alguno de los centros adscritos a efectos de escolarización.

4. ¿QUÉ HAY QUE HACER SI SE HA OBTENIDO CERTIFICADO DE RESERVA DE PLAZA EN UN CENTRO SOSTENIDO CON FONDOS
PÚBLICOS?
Hay dos opciones:
 Si se desea hacer efectiva dicha plaza, sólo es necesario matricularse en dicho centro en los plazos establecidos para ello.
 Si se desea solicitar un centro distinto al obtenido, es necesario presentar el certificado original de reserva de plaza junto con la solicitud de nuevo centro. El derecho a la reserva de plaza decae en el momento en el que el alumno figura en la lista definitiva de admitidos en otro centro.

5. ¿CUÁL ES EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO ORDINARIO DE ADMISIÓN DE
ALUMNOS PARA EL CURSO 2014/2015?
El plazo comprende del 23 de abril al 9 de mayo de 2014.

6. ¿DÓNDE SE PUEDEN RECOGER Y ENTREGAR LAS SOLICITUDES DE PLAZA ESCOLAR?
Las solicitudes de plaza escolar tienen carácter gratuito y pueden recogerse en cualquier centro educativo sostenido con fondos públicos y deben ser entregadas exclusivamente en el centro educativo elegido en primera opción. Todos los centros están obligados a tramitar las solicitudes aunque no tengan vacantes. También se pueden obtener en: www.madrid.org/educacion/admision

7. ¿CUÁNTAS SOLICITUDES DE PLAZA ESCOLAR PUEDEN PRESENTARSE?
Exclusivamente una solicitud, que debe presentarse firmada por ambos padres o representantes legales del alumno, salvo si se acredita la imposibilidad de hacerlo, en el centro en el que se solicita plaza en primera opción. Dicha solicitud será baremada exclusivamente por dicho centro y, en caso de no obtenerse plaza escolar, es enviada al Servicio de apoyo a la escolarización de zona, que adjudica una plaza escolar en uno de los centros en los que existan vacantes. Por ello es muy importante la decisión acerca de cual es el centro educativo que se elige en primera opción.

MUY IMPORTANTE: En el caso de que el solicitante presente más de una instancia en centros diferentes, no serán tenidas en cuenta ninguna de ellas. Todas estas solicitudes, así como las presentadas con documentación falsa y las recibidas fuera de plazo, se resolverán por el respectivo Servicio de apoyo a la escolarización.

8. ¿QUÉ DOCUMENTACIÓN HAY QUE PRESENTAR PARA JUSTIFICAR LOS CRITERIOS VALORABLES A EFECTOS DE PUNTUACIÓN?

CRITERIOS PRIORITARIOS

1. Existencia de hermanos matriculados en el centro o padres o representantes legales del alumno que trabajen en el mismo:
 Se asignarán 10 puntos a los solicitantes que acrediten la existencia de al menos un hermano matriculado en el centro o padre, madre o representante legal del alumno que trabaje en el mismo.
 Si hay dos o más solicitudes de admisión de hermanos en un mismo centro, cuando uno de ellos obtenga plaza escolar en una etapa educativa sostenida con fondos públicos, se concederá puntuación por este apartado al resto de los hermanos.
 Si el padre, madre o representante legal del alumno trabajan en el centro se aportará un certificado expedido por el centro en el que conste: Nombre, apellidos, NIF o NIE del padre, madre o tutor legal del solicitante y figure el puesto laboral.
Dicha información deberá estar referida al período de admisión.

2. Proximidad del domicilio o lugar de trabajo:
IMPORTANTE: Los solicitantes pueden optar por autorizar a la Administración Educativa a recabar la información disponible en el Padrón del INE (todos los municipios de la Comunidad de Madrid). Para domicilios del municipio de Madrid se autoriza además la consulta en el Padrón del Ayuntamiento de Madrid. En ese caso, los solicitantes no tienen que aportar documentación alguna sobre el domicilio familiar.
 Si no han autorizado la consulta deben aportar copia del certificado o volante de empadronamiento de la unidad familiar.
 Certificación del lugar de trabajo o documento equivalente en el que se indique el domicilio laboral.
 Residir o trabajar en el municipio dónde se ubica cada centro permite obtener 4 puntos.
 En el caso del municipio de Madrid, si se reside o trabaja en el mismo Distrito Municipal en el que se ubica el centro solicitado en primera opción se obtiene, además, 0’5 puntos adicionales.
 Si se reside o trabaja en el resto de la Comunidad de Madrid permite obtener 2 puntos.

3. Renta de la unidad familiar:
Se asignarán dos puntos a aquellos solicitantes de plaza escolar cuyo padre, madre o representante legal sean beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción en el período de presentación de las solicitudes de admisión. Para ello es imprescindible que en la solicitud se indique dicha circunstancia y que en la misma se autorice a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte a realizar la consulta que permita comprobar y verificar dicha circunstancia.

4. Existencia de discapacidad física, psíquica y/o sensorial del alumno solicitante, de los padres, hermanos o, en su caso del representante legal del alumno.
IMPORTANTE: Los solicitantes pueden optar por autorizar a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte la consulta de datos ante la Consejería de Asuntos Sociales. En ese caso no tendrán que aportar documentación sobre la condición de discapacidad.
Si no autorizan la consulta, deberán aportar certificados e informes emitidos por la Consejería de Asuntos Sociales, Organismos competentes de otras Comunidades Autónomas o, anteriormente, por el IMSERSO. Se aplicará puntuación cuando el grado de minusvalía sea igual o superior al 33%.

CRITERIOS COMPLEMENTARIOS

5. Antiguo alumno: el padre, madre o representante legal o algún hermano del solicitante es antiguo alumno del centro para el que se solicita plaza.
Los solicitantes indicarán dicha circunstancia, incluyendo nombre y apellidos de la persona o personas que estuvieron matriculadas en el centro solicitado y en el curso o cursos escolares en que ello tuvo lugar. En su caso, adjuntarán aquella documentación que permita al centro comprobar fácilmente dicha circunstancia.


6. Situación de familia numerosa:

IMPORTANTE: Los solicitantes pertenecientes a familia numerosa pueden optar por autorizar a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte a consultar el registro de familias numerosas de la Consejería de Asuntos Sociales. En ese caso no tienen que aportar documentación alguna sobre dicha condición.
Si no se ha autorizado la consulta, se aportará fotocopia del Título o carnet actualizado de familia numerosa.

7. Otra circunstancia relevante apreciada justificadamente por el órgano competente del centro de acuerdo con criterios públicos y objetivos
Se aportará la documentación exigible para acreditar los criterios aprobados por el centro

8. Acreditación de necesidades específicas de apoyo educativo y necesidades de compensación educativa:
 Certificación o acreditación de necesidades educativas especiales emitido por el Equipo de Orientación Educativa o, en el caso de alumnado de Educación Secundaria, por el Departamento de Orientación del centro.
 Acreditación de haber recibido anteriormente apoyo en cualquier modalidad de compensación educativa.
 Acreditación de presentar necesidades educativas específicas asociadas a situaciones de desventaja social:
o Acreditación de percibir la Renta Mínima de Inserción.
o Informes de carácter académico o socioeconómico complementario.

9. COLEGIOS PÚBLICOS CON ATENCIÓN SANITARIA
El listado de Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria que en el curso 2014/2015 contarán con Diplomado Universitario en Enfermería puede consultarse en la página web www.madrid.org/educacion/admision.

10. ¿QUÉ ES LA RESERVA DE PLAZA PARA ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO O
DE NECESIDADES DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA?
Son las plazas que se reservan en el primer nivel sostenido con fondos públicos de cada centro (habitualmente tres en cada unidad escolar de los cursos de acceso a Educación Infantil y Educación Primaria y cuatro en Educación Secundaria Obligatoria) para facilitar la escolarización equilibrada en todos los centros sostenidos con fondos públicos del alumnado que presenta o pudiera presentar necesidades educativas específicas de apoyo educativo o de compensación educativa.

11. ADMISIÓN DE ALUMNOS EN INSTITUTOS BILINGÜES EN LENGUA INGLESA.
La Orden 3331/2010, de 11 de junio, (BOCM de 6 de julio), describe las características del Programa Bilingüe y de la Sección Bilingüe en lengua inglesa y el proceso para determinar los alumnos que cursarán una u otra modalidad. El listado de dichos centros puede consultarse en www.madrid.org/educacion/admision

La Resolución de 31 de julio de 2013, de la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza establece que en el caso de alumnos procedentes de colegios públicos no bilingües de la Comunidad de Madrid o de cualquier otra procedencia, que soliciten plaza en IES bilingües en lengua inglesa y que deseen cursar estudios en la Sección Bilingüe, necesitan acreditar un nivel de inglés en las cuatro destrezas equivalente al nivel B1 para cursar 1º y 2º ESO, y al nivel B2 para cursar 3º y 4º de ESO.
El plazo de presentación de solicitudes es el establecido con carácter general.

12. ADMISIÓN DE ALUMNOS EN LAS SECCIONES LINGÜÍSTICAS EN LENGUA FRANCESA O ALEMANA AUTORIZADAS EN ALGUNOS
INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.
Permiten cursar Educación Secundaria Obligatoria incluyen la enseñanza de, al menos, dos asignaturas en lengua francesa o alemana, así como un incremento de dos horas semanales en el Área de Lengua Extranjera. El plazo de solicitud debe ser consultado en los propios centros. Los solicitantes deben incluir dicha petición en primer lugar y a ella pueden añadir otros centros ordinarios sostenidos con fondos públicos.
El proceso de admisión aplica los criterios generales y no incluye requisitos lingüísticos. Las solicitudes que no puedan ser admitidas en una Sección Lingüística serán derivadas al primer centro solicitado a continuación, dónde serán baremadas como una solicitud más. Si se desea tener plaza ordinaria en el mismo centro solicitado como Sección Lingüística hay que indicarlo en la solicitud.
La información sobre la localización de dichas Secciones Lingüísticas, así como el procedimiento y calendario de admisión está incluida en la página web: www.madrid.org/educacion/admision y debe ser contrastada y ampliada por las familias en los propios Institutos que cuentan con Sección Lingüística.

13. ¿ANTE QUIÉN PUEDEN RECLAMARSE LAS DECISIONES EN MATERIA DE ADMISIÓN DE ALUMNOS?
 Las reclamaciones a las listas provisionales de admitidos pueden presentarse ante el órgano que adoptó dicha decisión, ya sea el centro educativo o el Servicio de apoyo a la escolarización, en el plazo de tres días.
 Las reclamaciones o recursos a las listas definitivas deben presentarse en el plazo de un mes ante el Director de Área Territorial correspondiente

14. ¿CUÁNDO HAY QUE REALIZAR LA MATRICULA?

Dentro de los plazos establecidos para ello:
• En el caso de Segundo Ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, del 12 al 27 de junio de 2014.
• En el caso de Educación Secundaria, del 1 al 15 de julio de 2014.


 

15. ¿CUÁLES SON LOS CRITERIOS Y BAREMOS DE ADMISIÓN PARA 2º CICLO DE E. INFANTIL, E. PRIMARIA, E. ESPECIAL, E.
SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO?:

CRITERIOS PRIORITARIOS

1. Existencia de hermanos matriculados en el centro o padres o representantes legales del alumno que trabajen en el mismo:
Uno o varios hermanos matriculados en el centro solicitado o padre, madre o representante legal del alumno que trabajen en el mismo ………………………………………………………………………………………………………………………………...10 puntos

2. Proximidad del domicilio o lugar de trabajo:
a) Domicilio familiar o del lugar de trabajo de uno o cualquiera de los padres o representante legal del alumno, situado en el mismo municipio del centro solicitado ………………………………………………………………………………… 4 puntos
b) En el caso del municipio de Madrid, además de la puntuación obtenida en el apartado a) anterior, si el domicilio familiar
o lugar de trabajo de uno de los padres o representantes legales del alumno está ubicado en el mismo distrito municipal que el centro solicitado…………………………………………………………………………………………………… 0,5 puntos
c) Domicilio familiar o del lugar de trabajo de uno o cualquiera de los padres o representante legal del alumno, situado en distinto municipio del centro solicitado (resto de la Comunidad de Madrid) …………………………………………2 puntos

3. Renta de la unidad familiar:
Padre, madre o representante legal del alumno beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción………………………..2 puntos

4. Existencia de discapacidad física, psíquica y/o sensorial del alumno solicitante, de los padres, hermanos o, en su caso del representante legal del alumno ………………………………………………………………………………….1’5 puntos

CRITERIOS COMPLEMENTARIOS

5. Criterio de admisión exclusivo para cursar Bachillerato sostenido con fondos públicos: Expediente Académico (referido al último curso finalizado):
a) Nota media mayor o igual a 9 .................................................................................................................................... 10 puntos
b) Nota media mayor o igual 8 y menor 9 ........................................................................................................................ 8 puntos
c) Nota media mayor o igual 7 y menor 8 ........................................................................................................................ 6 puntos
d) Nota media mayor o igual 6 y menor 7 ........................................................................................................................ 4 puntos

6. Si el padre, madre o representante legal del alumno, o alguno de los hermanos del solicitante es antiguo alumno del
centro para el que se solicita plaza ..……………………………………………………………………….…..…………………1´5 puntos
Nota: En el caso de que se solicite plaza escolar para Bachillerato la puntuación será …………………………………..1 punto

6. Situación de familia numerosa:
a) Familia numerosa general ……………………………………………………………………………………………….1´5 puntos
b) Familia numerosa especial ……………………………………………………………………………………………….2´5 puntos

7. Otra circunstancia relevante apreciada justificadamente por el órgano competente del centro en materia de admisión de acuerdo con criterios públicos y objetivos ……………………………………………………………………………………...1 punto

CRITERIOS DE DESEMPATE
 Se aplicarán los recogidos en baremo que corresponda al nivel de enseñanza para el que se solicita plaza escolar.


16 ¿CUÁLES SON LAS FECHAS BÁSICAS DEL CALENDARIO DE ADMISIÓN A TENER EN CUENTA POR LAS FAMILIAS Y LOS ALUMNOS?

FECHA ACTUACIONES
23 abril a 9 mayo 2014 Plazo de presentación de instancias para el proceso ordinario de admisión.
23 a 25-abril-2014
Plazo de presentación de instancias de admisión en Secciones Lingüísticas en lengua francesa o alemana autorizadas en Institutos de Educación Secundaria. Consultar calendario específico de admisión en dichas Secciones.
27-mayo-2014 Publicación lista provisional de admitidos y excluidos.
28, 29 y 30- mayo 2014 Plazo de tres días hábiles para formular reclamaciones a la lista provisional de admitidos y excluidos.
4-junio-2014 Publicación de la lista definitiva de adjudicación de vacantes por los centros.
13-junio-2014 Los Servicios de apoyo a escolarización publican sus listas provisionales de solicitudes admitidas y excluidas
16,17 y 18-junio-2014 Plazo de reclamación a las Listas Provisionales de admitidos por los Servicios de apoyo a la escolarización
20-junio-2014 Publicación de las listas definitivas de admitidos por los Servicios de apoyo a la escolarización.
12/27-junio-2014 Plazo de matriculación en los centros de Educación Infantil y Primaria
1/15-julio-2014 Plazo de matriculación en los centros de Educación Secundaria Comienzos mes de
septiembre-2014
Plazo extraordinario de matriculación en centros de Educación Secundaria para alumnos pendientes de obtener los requisitos académicos necesarios en las enseñanzas sometidas a procesos de evaluación en septiembre

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